El mecanismo de poner un tope a las deducciones empresariales aplicaría únicamente a empresas que determinen utilidad fiscal en el ejercicio, dijo el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
REFORMA publicó hoy que si el proyecto de Presupuesto 2027 avanza, a partir del próximo año las empresas deberán pagar Impuesto Sobre la Renta sobre al menos 3.3 por ciento de sus ingresos, hayan tenido o no utilidades, de acuerdo con expertos.
Al respecto, el SAT dijo en una Nota Informativa que la propuesta de limitar las deducciones empresariales no está basada en las ventas de las empresas y que su único objetivo es combatir la evasión fiscal.
«El mecanismo de control que se propone aplica únicamente a empresas que determinen utilidad fiscal en el ejercicio.
«La iniciativa que se presentó ante el Congreso de la Unión no se centra en las ventas; tiene como objetivo principal combatir esquemas agresivos de planeación fiscal y el uso de facturas falsas para generar supuestas deducciones y pagar menos impuestos», indicó.
El Paquete Económico para 2027 propone aplicar un mecanismo de control a la aplicación de deducciones a las empresas equivalente al 96.67 por ciento de los ingresos acumulables, para empresas con utilidad cuyas deducciones superen o sean iguales a dicho mecanismo.
Para empresas con deducciones menores a este mecanismo, las deducciones autorizadas aplicables se establecerán al 99 por ciento.
También se permitirá la disminución de pérdidas fiscales para las empresas hasta el 50 por ciento de la utilidad fiscal, y se amplía el plazo de 10 a 20 años para deducir las pérdidas de ejercicios anteriores.
El despacho Von Wobeser y Sierra detalló que este mecanismo es aplicable a personas morales con ingresos acumulables superiores a 50 millones de pesos que determinen utilidad fiscal.
El remanente de las deducciones no aplicadas podrá disminuirse en los 20 ejercicios siguientes, y se excluyen de la aplicación de este mecanismo los contribuyentes que tributen como coordinados, los del sector primario, los que operen bajo el régimen de maquila (excepto respecto de ventas nacionales), las empresas en situación de quiebra y las empresas con menos de cinco años de operación, de acuerdo con el despacho.
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El mecanismo de poner un tope a las deducciones empresariales aplicaría únicamente a empresas que determinen utilidad fiscal en el ejercicio, dijo el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
REFORMA publicó hoy que si el proyecto de Presupuesto 2027 avanza, a partir del próximo año las empresas deberán pagar Impuesto Sobre la Renta sobre al menos 3.3 por ciento de sus ingresos, hayan tenido o no utilidades, de acuerdo con expertos.
Al respecto, el SAT dijo en una Nota Informativa que la propuesta de limitar las deducciones empresariales no está basada en las ventas de las empresas y que su único objetivo es combatir la evasión fiscal.
«El mecanismo de control que se propone aplica únicamente a empresas que determinen utilidad fiscal en el ejercicio.
«La iniciativa que se presentó ante el Congreso de la Unión no se centra en las ventas; tiene como objetivo principal combatir esquemas agresivos de planeación fiscal y el uso de facturas falsas para generar supuestas deducciones y pagar menos impuestos», indicó.
El Paquete Económico para 2027 propone aplicar un mecanismo de control a la aplicación de deducciones a las empresas equivalente al 96.67 por ciento de los ingresos acumulables, para empresas con utilidad cuyas deducciones superen o sean iguales a dicho mecanismo.
Para empresas con deducciones menores a este mecanismo, las deducciones autorizadas aplicables se establecerán al 99 por ciento.
También se permitirá la disminución de pérdidas fiscales para las empresas hasta el 50 por ciento de la utilidad fiscal, y se amplía el plazo de 10 a 20 años para deducir las pérdidas de ejercicios anteriores.
El despacho Von Wobeser y Sierra detalló que este mecanismo es aplicable a personas morales con ingresos acumulables superiores a 50 millones de pesos que determinen utilidad fiscal.
El remanente de las deducciones no aplicadas podrá disminuirse en los 20 ejercicios siguientes, y se excluyen de la aplicación de este mecanismo los contribuyentes que tributen como coordinados, los del sector primario, los que operen bajo el régimen de maquila (excepto respecto de ventas nacionales), las empresas en situación de quiebra y las empresas con menos de cinco años de operación, de acuerdo con el despacho.
Diario MX
