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  cultura  Retoma SCJN debate por consulta a personas con discapacidad
cultura

Retoma SCJN debate por consulta a personas con discapacidad

marketingmarketing—14 de agosto de 2026
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retomará este lunes el debate sobre la consulta a personas con discapacidad, previa a la aprobación de leyes que les afecten, que aplazó en octubre de 2025, para abrir audiencias públicas sobre el tema.

El Pleno revisará cinco proyectos de acciones por diversas reformas a leyes que tienen que ver con personas con discapacidad, cuatro de los cuales proponen invalidar por falta de consulta previa. El otro proyecto es de la Ministra Lenia Batres.

Las audiencias de 2025, que duraron tres días, resultaron en fuertes críticas para el proyecto original de Batres, que proponía que la consulta previa solo es un «derecho adjetivo» de las personas con discapacidad, y por tanto no siempre se deben anular leyes en ausencia de dicha consulta.

Esta propuesta revertía el criterio de la anterior integración de la Corte. En su nuevo proyecto, que requirió la participación de cinco de sus secretarios, Batres matiza el original, reconoce a la consulta previa como un derecho humano, pero insiste en que, en el caso particular, no hacía falta consulta y no se debe invalidar la reforma impugnada.

El asunto podría provocar nuevas fricciones entre Batres y los demás Ministros, luego del enfrentamiento de la sesión de este jueves, en que los acusó de tenerle una «animadversión insana» por no aprobar un proyecto tal y como lo presentó.

«Expulsar del orden jurídico nacional los derechos o mecanismos institucionales para hacer efectivos derechos que ya están reconocidos en la Constitución, la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, o que ya se encontraban en leyes anteriores no impugnadas, y que solamente son reiterados o recogidos en las leyes locales o federales implicaría una violación al principio de progresividad previsto en la Constitución», dice el nuevo proyecto.

«En consecuencia, la falta de consulta no constituye, por sí sola, motivo automático de invalidez respecto de normas que simplemente reproduzcan oraciones, frases, palabras o conceptos cuyo sentido no deje lugar a dudas de que únicamente replican, en la legislación nacional o local, derechos ya reconocidos o sus mecanismos de protección», agrega.

Batres también insiste en que la anterior integración de la Corte llevó al exceso la obligación de consulta previa, lo que resultó en invalidar más de 50 reformas que eran benéficas para las personas con discapacidad.

La consulta previa, de hecho, fue tema en la primera sesión de la actual Corte en septiembre de 2025, cuando varios Ministros dijeron estar de acuerdo con la propuesta de Batres de matizar el criterio de sus antecesores.

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La reforma que analiza el proyecto de Batres, a la Ley de la Comisión de Derechos Humanos de Michoacán, se limita a mencionar que dicha instancia deberá realizar visitas semestrales a orfanatos, asilos, hospicios, hospitales psiquiátricos, instituciones y organismos asistenciales. Previamente, la ley preveía visitas «cuando menos dos veces al año».
Las audiencias públicas de octubre son las únicas que ha realizado la actual Corte, que inició sus funciones ofreciendo que esa sería una práctica común.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retomará este lunes el debate sobre la consulta a personas con discapacidad, previa a la aprobación de leyes que les afecten, que aplazó en octubre de 2025, para abrir audiencias públicas sobre el tema.

El Pleno revisará cinco proyectos de acciones por diversas reformas a leyes que tienen que ver con personas con discapacidad, cuatro de los cuales proponen invalidar por falta de consulta previa. El otro proyecto es de la Ministra Lenia Batres.

Las audiencias de 2025, que duraron tres días, resultaron en fuertes críticas para el proyecto original de Batres, que proponía que la consulta previa solo es un «derecho adjetivo» de las personas con discapacidad, y por tanto no siempre se deben anular leyes en ausencia de dicha consulta.

Esta propuesta revertía el criterio de la anterior integración de la Corte. En su nuevo proyecto, que requirió la participación de cinco de sus secretarios, Batres matiza el original, reconoce a la consulta previa como un derecho humano, pero insiste en que, en el caso particular, no hacía falta consulta y no se debe invalidar la reforma impugnada.

El asunto podría provocar nuevas fricciones entre Batres y los demás Ministros, luego del enfrentamiento de la sesión de este jueves, en que los acusó de tenerle una «animadversión insana» por no aprobar un proyecto tal y como lo presentó.

«Expulsar del orden jurídico nacional los derechos o mecanismos institucionales para hacer efectivos derechos que ya están reconocidos en la Constitución, la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, o que ya se encontraban en leyes anteriores no impugnadas, y que solamente son reiterados o recogidos en las leyes locales o federales implicaría una violación al principio de progresividad previsto en la Constitución», dice el nuevo proyecto.

«En consecuencia, la falta de consulta no constituye, por sí sola, motivo automático de invalidez respecto de normas que simplemente reproduzcan oraciones, frases, palabras o conceptos cuyo sentido no deje lugar a dudas de que únicamente replican, en la legislación nacional o local, derechos ya reconocidos o sus mecanismos de protección», agrega.

Batres también insiste en que la anterior integración de la Corte llevó al exceso la obligación de consulta previa, lo que resultó en invalidar más de 50 reformas que eran benéficas para las personas con discapacidad.

La consulta previa, de hecho, fue tema en la primera sesión de la actual Corte en septiembre de 2025, cuando varios Ministros dijeron estar de acuerdo con la propuesta de Batres de matizar el criterio de sus antecesores.

La reforma que analiza el proyecto de Batres, a la Ley de la Comisión de Derechos Humanos de Michoacán, se limita a mencionar que dicha instancia deberá realizar visitas semestrales a orfanatos, asilos, hospicios, hospitales psiquiátricos, instituciones y organismos asistenciales. Previamente, la ley preveía visitas «cuando menos dos veces al año».
Las audiencias públicas de octubre son las únicas que ha realizado la actual Corte, que inició sus funciones ofreciendo que esa sería una práctica común.

 Diario MX 

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