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  cultura  Continúa investigación de TDJ contra juez
cultura

Continúa investigación de TDJ contra juez

marketingmarketing—13 de septiembre de 2026
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Chihuahua.- La renuncia de Manuel J. al cargo de juez no detiene la investigación que pudiera tener abierta ante el Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), ya que las posibles faltas cometidas durante el ejercicio de su función deben ser investigadas y resueltas aun cuando el servidor público deje el puesto, explicó el magistrado presidente del organismo, Francisco Javier Acosta Molina, quien aclaró que los procedimientos disciplinarios son independientes de los procesos penales y no pueden modificar ni revocar las resoluciones emitidas por los juzgadores.

Acosta Molina explicó que el derecho penal y el derecho disciplinario son materias paralelas, sujetas a reglas y autoridades distintas, por lo que una investigación penal no determina necesariamente lo que ocurre dentro de un procedimiento administrativo y viceversa. En el caso del Tribunal de Disciplina Judicial, su competencia está relacionada con las conductas de los jueces y magistrados que puedan constituir faltas administrativas.

El magistrado presidente señaló que el Tribunal de Disciplina Judicial no funciona como una instancia de apelación y, por tanto, no puede cancelar, modificar o revocar una sentencia emitida por un juzgador, aunque una resolución pueda ser revisada por ese órgano cuando existan indicios de que alrededor de ella pudieron ocurrir conductas como tráfico de influencias, corrupción o desvío de recursos.

Explicó que una sentencia puede ser impugnada por las partes mediante los medios ordinarios que correspondan, como la apelación o la revocación, además del juicio de amparo en los casos previstos por la legislación. La función del Tribunal de Disciplina Judicial, dijo, consiste en investigar la posible conducta irregular del servidor público y no sustituir al órgano jurisdiccional encargado de revisar el contenido de una resolución.

En ese sentido, Acosta Molina explicó que las denuncias que llegan al Tribunal de Disciplina Judicial siguen un procedimiento propio, cuya primera etapa corresponde a la investigación a cargo de la Unidad de Responsabilidades, área que supervisa, aunque aclaró que él no realiza personalmente las investigaciones ni emite las sentencias.

Una vez concluida la investigación, agregó, el expediente pasa a la etapa de substanciación y posteriormente a una comisión encargada de emitir la resolución definitiva, en la que determinan si existe o no responsabilidad y, en su caso, la sanción correspondiente.

Respecto de la renuncia de un servidor público que enfrenta una investigación, Acosta Molina explicó que existen criterios jurídicos que establecen que una posible falta no desaparece cuando la persona deja el cargo, debido a que la conducta ocurrió durante el ejercicio de la función pública. Por ello, sostuvo que la investigación debe continuar hasta alcanzar una determinación final, independientemente de que el funcionario renuncie, cambie de cargo o deje el país.

El presidente del Tribunal de Disciplina Judicial evitó pronunciarse sobre el proceso penal específico contra Manuel J., al señalar que ese ámbito corresponde a autoridades distintas y que su especialidad está en materia disciplinaria. Sin embargo, afirmó que las denuncias relacionadas con casos públicos que correspondan a la competencia del organismo son investigadas y deben llegar a una resolución.

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Acosta Molina añadió que las sentencias emitidas por el Tribunal de Disciplina Judicial no pueden hacerse públicas de inmediato debido a las restricciones legales aplicables, por lo que una vez que las resoluciones puedan difundirse serán incorporadas al sistema correspondiente para su consulta.

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Chihuahua.- La renuncia de Manuel J. al cargo de juez no detiene la investigación que pudiera tener abierta ante el Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), ya que las posibles faltas cometidas durante el ejercicio de su función deben ser investigadas y resueltas aun cuando el servidor público deje el puesto, explicó el magistrado presidente del organismo, Francisco Javier Acosta Molina, quien aclaró que los procedimientos disciplinarios son independientes de los procesos penales y no pueden modificar ni revocar las resoluciones emitidas por los juzgadores.

Acosta Molina explicó que el derecho penal y el derecho disciplinario son materias paralelas, sujetas a reglas y autoridades distintas, por lo que una investigación penal no determina necesariamente lo que ocurre dentro de un procedimiento administrativo y viceversa. En el caso del Tribunal de Disciplina Judicial, su competencia está relacionada con las conductas de los jueces y magistrados que puedan constituir faltas administrativas.

El magistrado presidente señaló que el Tribunal de Disciplina Judicial no funciona como una instancia de apelación y, por tanto, no puede cancelar, modificar o revocar una sentencia emitida por un juzgador, aunque una resolución pueda ser revisada por ese órgano cuando existan indicios de que alrededor de ella pudieron ocurrir conductas como tráfico de influencias, corrupción o desvío de recursos.

Explicó que una sentencia puede ser impugnada por las partes mediante los medios ordinarios que correspondan, como la apelación o la revocación, además del juicio de amparo en los casos previstos por la legislación. La función del Tribunal de Disciplina Judicial, dijo, consiste en investigar la posible conducta irregular del servidor público y no sustituir al órgano jurisdiccional encargado de revisar el contenido de una resolución.

En ese sentido, Acosta Molina explicó que las denuncias que llegan al Tribunal de Disciplina Judicial siguen un procedimiento propio, cuya primera etapa corresponde a la investigación a cargo de la Unidad de Responsabilidades, área que supervisa, aunque aclaró que él no realiza personalmente las investigaciones ni emite las sentencias.

Una vez concluida la investigación, agregó, el expediente pasa a la etapa de substanciación y posteriormente a una comisión encargada de emitir la resolución definitiva, en la que determinan si existe o no responsabilidad y, en su caso, la sanción correspondiente.

Respecto de la renuncia de un servidor público que enfrenta una investigación, Acosta Molina explicó que existen criterios jurídicos que establecen que una posible falta no desaparece cuando la persona deja el cargo, debido a que la conducta ocurrió durante el ejercicio de la función pública. Por ello, sostuvo que la investigación debe continuar hasta alcanzar una determinación final, independientemente de que el funcionario renuncie, cambie de cargo o deje el país.

El presidente del Tribunal de Disciplina Judicial evitó pronunciarse sobre el proceso penal específico contra Manuel J., al señalar que ese ámbito corresponde a autoridades distintas y que su especialidad está en materia disciplinaria. Sin embargo, afirmó que las denuncias relacionadas con casos públicos que correspondan a la competencia del organismo son investigadas y deben llegar a una resolución.

Acosta Molina añadió que las sentencias emitidas por el Tribunal de Disciplina Judicial no pueden hacerse públicas de inmediato debido a las restricciones legales aplicables, por lo que una vez que las resoluciones puedan difundirse serán incorporadas al sistema correspondiente para su consulta.

 Diario MX 

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