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  cultura  Libra Somos México impugnaciones sobre su registro
cultura

Libra Somos México impugnaciones sobre su registro

marketingmarketing—8 de julio de 2026
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El partido Somos México libró nuevas impugnaciones y su registro ha quedado firme, aseguró el dirigente Guadalupe Acosta Naranjo.

Ayer vencía el plazo para que algún ciudadano u otro partido presentara ante el Tribunal Electoral federal alguna impugnación contra el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) de otorgar el registro a Somos México.

«Anoche se venció el plazo legal para impugnar el registro de Somos México. No recibimos impugnación alguna, las siete que se presentaron antes, todas las ganamos. No hay nada que nos impida existir y dar la batalla», expresó Acosta Naranjo.

Con ello, remarcó, el partido está firme, libre de impugnaciones que pretendieran tirar su registro.

Acosta expuso que ahora están listos para competir en las elecciones de 2027.

El partido solo tiene en litigio la instrucción del INE que le ordenó cambiar de nombre, color y siglas, la cual se incluyó en el mismo acuerdo con el que se aprobó su registro.

La impugnación de Somos MX se presentó el viernes pasado, en la cual el partido acusa al INE de haber tomado una decisión ilegal y que afecta la libre asociación.

Además, señala que el INE asumió una actitud paternalista hacia los ciudadanos, al considerar que no son capaces de identificar este partido con otra fuerza política.

En la impugnación, Somos México presentó un ejercicio de preguntas y respuestas para sustentar que la decisión del INE es ilegal, como las siguientes:

«¿La normativa prohíbe que un partido político utilice la palabra ‘México’ en su denominación?

«No. La propia autoridad reconoce que diversos partidos nacionales utilizan válidamente ese vocablo, conforme con los precedentes administrativos y jurisdiccionales».

«¿La ley exige que la denominación de un partido sea ‘semánticamente neutral’?

«No. Esta categoría no existe en la Constitución, en la Ley General de Partidos Políticos, Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales ni el Instructivo (del INE)».

«¿La ley prohíbe que una fuerza política exprese identidad, pertenencia, vocación nacional o una visión de país?

«No. Esa es una función ordinaria y connatural de los partidos políticos; construir una identidad colectiva y ofrecer a la ciudadanía una propuesta política».

«¿Decir ‘Somos México’ equivale jurídicamente a decir ‘somos el Estado mexicano’ o ‘somos la representación exclusiva de la nación’?

«No. Esa equivalencia no se desprende de la gramática, del uso ordinario del lenguaje ni del contexto político democrático».

«¿El uso de ‘MX’ está prohibido en la normativa electoral?

«No. ‘MX’ es una referencia común a México y no existe disposición que la reserve al Estado, al INE o a algún partido político».

«¿La combinación de rosa y blanco genera, por sí misma, derechos exclusivos en favor de un partido político?

«No. La jurisprudencia de la Sala Superior establece que los colores y demás elementos separados de un emblema no generan derechos exclusivos para quien los registró».

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«¿El INE podría sostener válidamente que el emblema de Somos MX genera confusión con Fuerza por México, sin considerar el criterio previamente fijado por la Sala Superior?
«No. En el SUP-JDC-2077/2025 la Sala Superior ya sostuvo que los emblemas analizados podían identificarse plenamente y distinguirse entre sí?».

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El partido Somos México libró nuevas impugnaciones y su registro ha quedado firme, aseguró el dirigente Guadalupe Acosta Naranjo.

Ayer vencía el plazo para que algún ciudadano u otro partido presentara ante el Tribunal Electoral federal alguna impugnación contra el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) de otorgar el registro a Somos México.

«Anoche se venció el plazo legal para impugnar el registro de Somos México. No recibimos impugnación alguna, las siete que se presentaron antes, todas las ganamos. No hay nada que nos impida existir y dar la batalla», expresó Acosta Naranjo.

Con ello, remarcó, el partido está firme, libre de impugnaciones que pretendieran tirar su registro.

Acosta expuso que ahora están listos para competir en las elecciones de 2027.

El partido solo tiene en litigio la instrucción del INE que le ordenó cambiar de nombre, color y siglas, la cual se incluyó en el mismo acuerdo con el que se aprobó su registro.

La impugnación de Somos MX se presentó el viernes pasado, en la cual el partido acusa al INE de haber tomado una decisión ilegal y que afecta la libre asociación.

Además, señala que el INE asumió una actitud paternalista hacia los ciudadanos, al considerar que no son capaces de identificar este partido con otra fuerza política.

En la impugnación, Somos México presentó un ejercicio de preguntas y respuestas para sustentar que la decisión del INE es ilegal, como las siguientes:

«¿La normativa prohíbe que un partido político utilice la palabra ‘México’ en su denominación?

«No. La propia autoridad reconoce que diversos partidos nacionales utilizan válidamente ese vocablo, conforme con los precedentes administrativos y jurisdiccionales».

«¿La ley exige que la denominación de un partido sea ‘semánticamente neutral’?

«No. Esta categoría no existe en la Constitución, en la Ley General de Partidos Políticos, Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales ni el Instructivo (del INE)».

«¿La ley prohíbe que una fuerza política exprese identidad, pertenencia, vocación nacional o una visión de país?

«No. Esa es una función ordinaria y connatural de los partidos políticos; construir una identidad colectiva y ofrecer a la ciudadanía una propuesta política».

«¿Decir ‘Somos México’ equivale jurídicamente a decir ‘somos el Estado mexicano’ o ‘somos la representación exclusiva de la nación’?

«No. Esa equivalencia no se desprende de la gramática, del uso ordinario del lenguaje ni del contexto político democrático».

«¿El uso de ‘MX’ está prohibido en la normativa electoral?

«No. ‘MX’ es una referencia común a México y no existe disposición que la reserve al Estado, al INE o a algún partido político».

«¿La combinación de rosa y blanco genera, por sí misma, derechos exclusivos en favor de un partido político?

«No. La jurisprudencia de la Sala Superior establece que los colores y demás elementos separados de un emblema no generan derechos exclusivos para quien los registró».

«¿El INE podría sostener válidamente que el emblema de Somos MX genera confusión con Fuerza por México, sin considerar el criterio previamente fijado por la Sala Superior?
«No. En el SUP-JDC-2077/2025 la Sala Superior ya sostuvo que los emblemas analizados podían identificarse plenamente y distinguirse entre sí?».

 Diario MX 

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