La Comisión Nacional de Energía (CNE) cerrará el paso a los comercializadores «de papel» en el mercado de hidrocarburos al obligarlos a invertir en infraestructura, con el fin de combatir el huachicol fiscal.
El pasado 21 de octubre, la Presidenta Claudia Sheinbaum y funcionarios de la Secretaría de Energía expusieron que se detectó un desbalance de 8 mil 800 millones de litros de diesel, con perjuicio para el resto por 61 mil millones de pesos en IEPS, sobre todo en el sector de comercialización de hidrocarburos.
Ayer, la autoridad regulatoria, a través de la publicación de brevedad reglas, determinó que cualquier empresa comercializadora que busque vender gas natural, petrolíferos o gas LP a otros comercializadores estará obligada a poseer al menos un permiso propio de infraestructura, ya sea de transporte, almacenamiento o distribución.
«En los casos en que las personas titulares de permisos de comercialización pretendan prestar el servicio a otros comercializadores debe presentar la documentación que acredite la prestación, gestión o contratación de los servicios de transporte, almacenamiento o distribución, como parte del servicio de comercialización.
«Para realizar la prestación, gestión o contratación de los servicios previstos en el párrafo anterior, el permisionario de comercialización de petrolíferos y gas licuado de petróleo debe ser titular al menos de uno de los permisos asociados a las actividades antes señalada», exponen las nuevas Disposiciones Administrativas de Carácter General (DACG) publicadas este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
En gas natural, el comercializador debe ser titular de un de permiso de procesamiento, compresión, licuefacción, descompresión, regasificación, transporte por medios distintos a ducto o distribución por medios distintos a ductos, agrega.
Esta medida elimina el modelo de intermediación pura sin activos fijos, forzando a los privados a realizar inversiones tangibles en logística o quedar fuera de las transacciones entre privados.
Además, la nueva regulación impone una estricta trazabilidad y fiscalización digital en toda la cadena de suministro, pues las comercializadoras deberán justificar el origen lícito de sus productos mediante un expediente que entrelace pedimentos de importación, contratos de compra vinculantes y comprobantes fiscales con Complemento Carta Porte.
Asimismo, se prohíbe explícitamente a los comercializadores adquirir combustibles de empresas distribuidoras, con los que se busca evitar desviaciones de volumen y cerrar las puertas al comercio informal de hidrocarburos en el País.
Las empresas tendrán que demostrar ante la CNE la «materialidad» de sus operaciones mediante plataformas digitales activas, personal contratado y ofertas de precio vigentes.
Si no se realiza actividad comercial alguna demostrable en un periodo de seis meses continuos la autoridad iniciará el proceso de revocación del permiso.
Con ello, el regulador busca depurar el padrón energético y asegurar que sólo permanezcan en el mercado aquellos competidores con capacidad técnica, financiera y operativa real.
Las empresas deben mantener vigente su permiso, registrar ante la autoridad sus modelos de contrato y marcas comerciales, desglosar en sus facturas cada servicio logístico (transporte, almacenamiento o distribución), y someterse a un riguroso régimen de reportes semanales, trimestrales, semestrales y anuales.
Asimismo, se fortalece el control operativo mediante la instalación obligatoria de sistemas computarizados de control volumétrico, dictámenes de laboratorio de calidad y la demostración de «materialidad» física en sus domicilios fiscales para evitar operaciones con empresas fachada.
A través de esta regulación, la autoridad pretende erradicar el comercio ilegal de combustibles, cómo el «huachicol» e importaciones ilícitas, mediante el cierre de brechas operativas y documentales, pues se exigirá la verificación previa de permisos vigentes en cada transacción, copia de los contratos que acrediten el suministro lícito y vincular cada factura a un identificador único de contrato denominado ContratoId.
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La Comisión Nacional de Energía (CNE) cerrará el paso a los comercializadores «de papel» en el mercado de hidrocarburos al obligarlos a invertir en infraestructura, con el fin de combatir el huachicol fiscal.
El pasado 21 de octubre, la Presidenta Claudia Sheinbaum y funcionarios de la Secretaría de Energía expusieron que se detectó un desbalance de 8 mil 800 millones de litros de diesel, con perjuicio para el resto por 61 mil millones de pesos en IEPS, sobre todo en el sector de comercialización de hidrocarburos.
Ayer, la autoridad regulatoria, a través de la publicación de brevedad reglas, determinó que cualquier empresa comercializadora que busque vender gas natural, petrolíferos o gas LP a otros comercializadores estará obligada a poseer al menos un permiso propio de infraestructura, ya sea de transporte, almacenamiento o distribución.
«En los casos en que las personas titulares de permisos de comercialización pretendan prestar el servicio a otros comercializadores debe presentar la documentación que acredite la prestación, gestión o contratación de los servicios de transporte, almacenamiento o distribución, como parte del servicio de comercialización.
«Para realizar la prestación, gestión o contratación de los servicios previstos en el párrafo anterior, el permisionario de comercialización de petrolíferos y gas licuado de petróleo debe ser titular al menos de uno de los permisos asociados a las actividades antes señalada», exponen las nuevas Disposiciones Administrativas de Carácter General (DACG) publicadas este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
En gas natural, el comercializador debe ser titular de un de permiso de procesamiento, compresión, licuefacción, descompresión, regasificación, transporte por medios distintos a ducto o distribución por medios distintos a ductos, agrega.
Esta medida elimina el modelo de intermediación pura sin activos fijos, forzando a los privados a realizar inversiones tangibles en logística o quedar fuera de las transacciones entre privados.
Además, la nueva regulación impone una estricta trazabilidad y fiscalización digital en toda la cadena de suministro, pues las comercializadoras deberán justificar el origen lícito de sus productos mediante un expediente que entrelace pedimentos de importación, contratos de compra vinculantes y comprobantes fiscales con Complemento Carta Porte.
Asimismo, se prohíbe explícitamente a los comercializadores adquirir combustibles de empresas distribuidoras, con los que se busca evitar desviaciones de volumen y cerrar las puertas al comercio informal de hidrocarburos en el País.
Las empresas tendrán que demostrar ante la CNE la «materialidad» de sus operaciones mediante plataformas digitales activas, personal contratado y ofertas de precio vigentes.
Si no se realiza actividad comercial alguna demostrable en un periodo de seis meses continuos la autoridad iniciará el proceso de revocación del permiso.
Con ello, el regulador busca depurar el padrón energético y asegurar que sólo permanezcan en el mercado aquellos competidores con capacidad técnica, financiera y operativa real.
Las empresas deben mantener vigente su permiso, registrar ante la autoridad sus modelos de contrato y marcas comerciales, desglosar en sus facturas cada servicio logístico (transporte, almacenamiento o distribución), y someterse a un riguroso régimen de reportes semanales, trimestrales, semestrales y anuales.
Asimismo, se fortalece el control operativo mediante la instalación obligatoria de sistemas computarizados de control volumétrico, dictámenes de laboratorio de calidad y la demostración de «materialidad» física en sus domicilios fiscales para evitar operaciones con empresas fachada.
A través de esta regulación, la autoridad pretende erradicar el comercio ilegal de combustibles, cómo el «huachicol» e importaciones ilícitas, mediante el cierre de brechas operativas y documentales, pues se exigirá la verificación previa de permisos vigentes en cada transacción, copia de los contratos que acrediten el suministro lícito y vincular cada factura a un identificador único de contrato denominado ContratoId.
Diario MX
