Ciudad de México.- Un tribunal federal ordenó a una juez de distrito resolver de nueva cuenta el amparo que en un principio le negó a Carlos Treviño Medina, ex director de Pemex, contra la orden de aprehensión que pesa en su contra por el caso Odebrecht- Etileno XXI.
El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México echó abajo la negativa de amparo dictada el 26 de agosto pasado por Paloma Xiomara González, Juez Segundo de Distrito en Materia Penal, y le instruyó reponer el procedimiento.
Por unanimidad, los tres magistrados del colegiado concluyeron que la juzgadora dictó la sentencia de amparo sin tomar en cuenta que la copia de la orden de aprehensión que le entregaron no estaba certificada ni autentificada.
Además, cuando la defensa de Treviño amplió su demanda de amparo contra la orden de captura, la juez no se pronunció sobre si era o no procedente desahogar ese recurso y tampoco pidió los informes justificados a las autoridades que señaló el quejoso.
En su ampliación del amparo, Treviño demandó declarar inconstitucional el artículo 145 del Código Nacional de Procedimientos Penales, pero la juez González no hizo ningún pronunciamiento al respecto en su sentencia.
“Omisión que transgredió las normas que rigen el juicio constitucional, con trascendencia al resultado del fallo, habida cuenta que la juez de distrito negó la protección constitucional respecto a la orden de captura solicitada”, resolvió el colegiado.
“Se estima necesario que la autoridad jurisdiccional responsable remita copia autenticada o certificada de las constancias necesarias o indispensables de la causa penal 294/2021, con base en las cuales emitió el acto reclamado, en aras de garantizar una adecuada defensa”.
El 13 de septiembre de 2021 Daniel Ramírez Peña, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, ordenó la aprehensión del regiomontano por los delitos de asociación delictuosa y lavado de dinero.
EL mandato judicial fue librado luego de que la FGR le pidiera al juez declararlo “sustraído de la acción de la justicia”, debido a que seis días antes no se presentó a una audiencia inicial.
La imputación se basa en la denuncia que presentó en agosto de 2020 su antecesor en Pemex, Emilio Lozoya, quien afirma haber sobornado a Treviño en 2014 con 4 millones de pesos por el contrato de la planta Etileno XXI, filial de Odebrecht, suscrito en 2009.
El supuesto pago a Treviño es uno de los pocos que Lozoya manifiesta que no tuvo como finalidad comprar su voluntad para que fuera aprobada la reforma energética. Ese señalamiento lo hizo cuando negociaba un criterio de oportunidad con la FGR, acuerdo que al final fracasó.
El 12 de agosto pasado Treviño fue detenido en Dallas, Texas, pero no para enfrentar un juicio de extradición por este asunto, sino porque estaba vencida su estancia legal en ese país, lo que llevó a que fuera sometido a un procedimiento migratorio.
Sin embargo, dos semanas después abandonó el centro de detención migratoria para continuar su procedimiento en libertad.
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Ciudad de México.- Un tribunal federal ordenó a una juez de distrito resolver de nueva cuenta el amparo que en un principio le negó a Carlos Treviño Medina, ex director de Pemex, contra la orden de aprehensión que pesa en su contra por el caso Odebrecht- Etileno XXI.
El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México echó abajo la negativa de amparo dictada el 26 de agosto pasado por Paloma Xiomara González, Juez Segundo de Distrito en Materia Penal, y le instruyó reponer el procedimiento.
Por unanimidad, los tres magistrados del colegiado concluyeron que la juzgadora dictó la sentencia de amparo sin tomar en cuenta que la copia de la orden de aprehensión que le entregaron no estaba certificada ni autentificada.
Además, cuando la defensa de Treviño amplió su demanda de amparo contra la orden de captura, la juez no se pronunció sobre si era o no procedente desahogar ese recurso y tampoco pidió los informes justificados a las autoridades que señaló el quejoso.
En su ampliación del amparo, Treviño demandó declarar inconstitucional el artículo 145 del Código Nacional de Procedimientos Penales, pero la juez González no hizo ningún pronunciamiento al respecto en su sentencia.
“Omisión que transgredió las normas que rigen el juicio constitucional, con trascendencia al resultado del fallo, habida cuenta que la juez de distrito negó la protección constitucional respecto a la orden de captura solicitada”, resolvió el colegiado.
“Se estima necesario que la autoridad jurisdiccional responsable remita copia autenticada o certificada de las constancias necesarias o indispensables de la causa penal 294/2021, con base en las cuales emitió el acto reclamado, en aras de garantizar una adecuada defensa”.
El 13 de septiembre de 2021 Daniel Ramírez Peña, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, ordenó la aprehensión del regiomontano por los delitos de asociación delictuosa y lavado de dinero.
EL mandato judicial fue librado luego de que la FGR le pidiera al juez declararlo “sustraído de la acción de la justicia”, debido a que seis días antes no se presentó a una audiencia inicial.
La imputación se basa en la denuncia que presentó en agosto de 2020 su antecesor en Pemex, Emilio Lozoya, quien afirma haber sobornado a Treviño en 2014 con 4 millones de pesos por el contrato de la planta Etileno XXI, filial de Odebrecht, suscrito en 2009.
El supuesto pago a Treviño es uno de los pocos que Lozoya manifiesta que no tuvo como finalidad comprar su voluntad para que fuera aprobada la reforma energética. Ese señalamiento lo hizo cuando negociaba un criterio de oportunidad con la FGR, acuerdo que al final fracasó.
El 12 de agosto pasado Treviño fue detenido en Dallas, Texas, pero no para enfrentar un juicio de extradición por este asunto, sino porque estaba vencida su estancia legal en ese país, lo que llevó a que fuera sometido a un procedimiento migratorio.
Sin embargo, dos semanas después abandonó el centro de detención migratoria para continuar su procedimiento en libertad.
Diario MX
